miércoles, 10 de junio de 2009

LABERINTO PÚBLICO
Por: Rafael Cruz Vázquez*


ENCUESTAS ELECTORALES Y SU REGULACIÓN

Para los Candidatos, y los Partidos Políticos, hoy en día es común, y práctica frecuente, utilizar como herramienta indispensable la “Aplicación de las encuestas”, durante las precampañas, y Campañas electorales, ya que estas miden la popularidad de los Candidatos, la intención del voto, y situaciones coyunturales. De la misma manera que les permiten a los equipos de Campañas, y a los Partidos cambiar de estrategias oportunamente para remontar en las tendencias del voto.

Se ha llegado en algún momento dado a subestimar a las encuestas; pero estos estudios de muestreo poblacional, reflejan el sentir o percepción de los ciudadanos en relación al ambiente electoral presente.

La responsabilidad de quienes miden la opinión pública, es medir realidades, y darlas a conocer de forma objetiva, ya que en mucho de los casos tratándose de empresas encuestadoras poco serias, de dudosa certificación de calidad, y legalidad, proyectan más su sentir como tales, sin tomar en cuenta los datos reales que obtuvieron durante la realización de dichas encuestas.

Sin embargo existen empresas profesionales reconocidas, nacionales e internacionales, certificadas y de alto prestigio, tales como: Consulta Mitofski, Parametría, Demotecnia, entre otras, quienes durante su desempeño en materia electoral, miden, y presentan datos de manera imparcial, porque si bien es cierto que las encuestas contribuyen a influir en la Opinión Pública, también es cierto que el Ciudadano requiere de elementos o datos serios que en caso de tomarlos como referentes, le permita emitir su sufragio razonablemente.

Aunque la legislación federal ha tratado de regular a las empresas encuestadoras en cuanto a que realicen un papel positivo y formal en el proceso democrático, no dejan de proliferar las empresas fantasmas, Patitos o charlatanas que operan creando un escenario de engaños, y por ende violando toda ética con la que deben realizar sus actividades, poniendo en riesgo la credibilidad, certeza, y confianza de otras empresas.

Pese a ello la misma Ley Federal Electoral, enuncia que “las personas físicas o morales que pretendan llevar a cabo encuestas por muestreo para dar a conocer las preferencias electorales de los Ciudadanos o las tendencias de las votaciones, se apegaran al criterio de carácter científico, que para tal efecto emita el Consejo General del IFE, así como deben entregar copia del estudio completo al mismo”. Esto de alguna forma evitará que cualquier Candidato o Partido en actos de desesperación, pretendan engañar y sorprender a la Ciudadanía con encuestas apócrifas que no corresponden a la realidad, y que además no cuentan con un perfil metodológico. Esperamos que los candidatos de los Distritos electorales en la entidad, no implementen este tipo de estrategias, que cerca de ayudarles, les podría perjudicar.

¡Hasta la próxima entrada!

*Se ha desempeñado como asesor del Poder Legislativo de Chiapas, asesor de ONG’S y articulista invitado de las Revistas de circulación Estatal y Nacional “Diálogos en el Sur”, “Imagen Política de Chiapas”, y “Quehacer Político”.

laberinto_chis@hotmail.com
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